Aranceles, IVA e incentivos de vehiculos electricos en Colombia: que reglas aplican hoy
Guia de politica arancelaria y tributaria para compradores de EV en Colombia: arancel 0 % vs. cupos del 5 %, el tramite UPME para excluir el IVA, impuesto vehicular y exencion de pico y placa. Incluye la Ley 1964 de 2019, el Decreto 0595 de 2026 y los datos del mercado a junio de 2026.
Que esta en juego?
Colombia es hoy el mercado de EV que mas rapido crece en Latinoamerica. Entre enero y junio de 2026 se matricularon 24.477 vehiculos electricos, un 235,5 % mas que en el mismo semestre de 2025, y ya representan el 15,5 % de las matriculas totales. Una de las razones estructurales es la politica publica: arancel 0 % para EV importados, IVA reducido y beneficios de circulacion. Pero esas reglas no son iguales para todos los electrificados, y en 2026 aparecieron dos cambios clave: un nuevo decreto que impulsa el ensamblaje local y una propuesta de subir aranceles a carros a gasolina y diesel. Esta guia separa lo que ya esta vigente de lo que todavia esta en tramite, y advierte los puntos donde un comprador puede perder dinero si no revisa los detalles.
Aranceles: 0 %, 5 % o 35 % segun el caso
El marco distingue tres situaciones. Primero, los vehiculos electricos de bateria (BEV) importados terminados pagan arancel 0 % de forma indefinida, sin limite de unidades, desde el Decreto 2051 de 2019. Segundo, los hibridos enchufables (PHEV) y los hibridos completos (FHEV) tambien pueden acceder a tarifa preferencial, pero con cupos anuales: el Decreto 0595 de 2026 abrio 20.000 cupos para 2026 y otros 20.000 para 2027, con un gravamen del 5 %. Tercero, los carros a gasolina o diesel importados desde paises sin tratado de libre comercio como China pagan el arancel general del 35 %; un proyecto de decreto de noviembre de 2025 propone subirlo al 40 %, pero aun no esta en vigor. Para el comprador, la consecuencia practica es que un BEV chino paga cero arancel en la aduana, mientras que un SUV equivalente a combustion puede llegar con un 35 % adicional sobre el precio de origen.
IVA: el 5 % diferencial y el tramite UPME
Los vehiculos electricos e hibridos pagan IVA del 5 %, no del 19 % general. Pero la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021, permite excluir ese 5 % si la compra forma parte de un proyecto de Gestion Eficiente de la Energia certificado por la UPME. La regla clave es temporal: el certificado UPME debe existir antes de que el concesionario emita la factura. Si se cumple, la factura se expide sin IVA y el ahorro es directo. Si no se cumple, el comprador paga el 5 % y despues debe pedir la devolucion como pago de lo no debido ante la DIAN, con mas tramites y riesgo de que se niegue. La DIAN confirmo en 2025 que las personas naturales de uso personal tambien acceden al beneficio, y en 2026 preciso que el certificado debe ser anterior a la factura. Desde septiembre de 2025 se han tramitado cerca de 17.000 solicitudes de certificacion, segun el Ministerio de Minas y Energia.
Impuesto vehicular, SOAT, RTM y pico y placa
La Ley 1964 de 2019 establecio varios beneficios de circulacion. El impuesto vehicular anual de un electrico no puede superar el 1 % de su valor comercial, mientras que un carro a combustion puede llegar al 3,5 %. El SOAT tiene un descuento del 10 %, y la revision tecnico-mecanica debe tener un descuento por la ausencia de emisiones. Ademas, los EV estan exentos de pico y placa, dia sin carro y otras restricciones ambientales, salvo que sean por seguridad publica. Estos beneficios son nacionales y no dependen del tramite UPME, aunque la reglamentacion de la RTM y los parqueaderos preferenciales ha sido lenta.
Que revisar antes de comprar
La mayor trampa no esta en la norma, sino en el momento de la factura. Si el comprador no obtiene primero el certificado UPME, el concesionario le cobrara el 5 % de IVA y recuperarlo requiere una solicitud de devolucion ante la DIAN. Otro punto de friccion es el cupo anual del 5 %: si el importador ya agoto sus cupos para el ano, el vehiculo podria llegar mas caro o demorarse. Finalmente, el nuevo regimen de ensamblaje local de 2026 no cambia el precio de lista de los importados terminados actuales, pero si puede alterar la oferta futura si BYD, Chery o Tesla deciden montar plantas en el pais. Por ahora, la ventaja arancelaria de los BEV chinos sigue intacta.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto arancel paga un carro eléctrico importado en Colombia?
- Los vehículos eléctricos de batería (BEV) importados terminados pagan arancel 0% de forma indefinida y sin límite de unidades desde el Decreto 2051 de 2019. En cambio, un carro a gasolina o diésel importado desde países sin tratado de libre comercio, como China, paga el arancel general del 35%.
- ¿Cuánto IVA se paga por un carro eléctrico en Colombia?
- Los vehículos eléctricos e híbridos pagan IVA del 5%, frente al 19% general de los carros a combustión. Ese 5% puede excluirse totalmente si el comprador obtiene un certificado UPME de Gestión Eficiente de la Energía antes de que el concesionario emita la factura.
- ¿Qué pasa si no tengo el certificado UPME antes de comprar?
- Si el comprador no tiene el certificado UPME antes de la factura, el concesionario cobra el 5% de IVA y luego debe solicitar la devolución como pago de lo no debido ante la DIAN, un trámite con más pasos y riesgo de que se niegue.
- ¿Los carros eléctricos pagan menos impuesto vehicular en Colombia?
- Sí. El impuesto vehicular anual de un eléctrico no puede superar el 1% de su valor comercial, mientras que un carro a combustión puede llegar hasta el 3,5%. Los eléctricos también tienen 10% de descuento en el SOAT y exención de pico y placa.
- ¿Hay cupo limitado para importar híbridos con arancel preferencial?
- Sí. Los híbridos enchufables (PHEV) y los híbridos completos (FHEV) acceden a un arancel del 5%, pero con cupo limitado: el Decreto 0595 de 2026 abrió 20.000 cupos para 2026 y otros 20.000 para 2027, no acumulables entre años.
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